La Generalitat Valenciana convoca las ayudas para la mejora de la accesibilidad a las viviendas 2022-2025 por importe de 12.500.000 euros

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El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda presenta las ayudas, cuyo plazo para presentar solicitudes finalizará el 1 de diciembre

El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Héctor Illueca, ha presentadola convocatoria de ayudas para el ejercicio 2022 para la mejora de la accesibilidad a las viviendas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

La cuantía máxima de las ayudas a conceder será inicialmente de 12.555.000 euros, correspondiente a la aportación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. La cuantía se distribuirá de la manera siguiente: 1.883.250 euros para 2023; 5.022.000 en 2024, y 5.649.750 euros en 2025. No obstante, esa cuantía se podría aumentar.

El vicepresidente segundo ha destacado que la rehabilitación del parque de edificios, envejecido y muy poco eficiente, es “una prioridad para esta Conselleria”, por lo que considera “muy coherente que rehabilitación y accesibilidad vayan de la mano en este reto de cuidarnos todos y todas mucho mejor del que lo hemos hecho hasta ahora”.

Para Héctor Illueca, el objetivo estratégico es “llegar a alcanzar la plena accesibilidad” en el sentido más amplio. Se calcula que unas 15.000 personas de la Comunitat Valenciana no pueden salir de sus casas porque su vivienda no es accesible. Además, una de cada cinco personas dependientes de más de 65 años se encuentra en esta situación.

“Las urgencias de las personas que viven confinadas en sus hogares nos reclaman acciones inmediatas y por eso convocamos estas ayudas”. Además, el envejecimiento progresivo de la población agravará todavía más el problema y es prioritario “crear viviendas que responsan a las necesidades y condiciones de sus habitantes”.

Las ayudas se convocan a través de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética. A continuación, el responsable de esta dirección, Alberto Rubio, ha destacado dos cuestiones referentes a esta convocatoria. La primera de ellas es que, “siempre que sea posible, no solo tenemos que atender la urgencia inmediata, también hay que realizar la rehabilitación de manera integral que nos permitirá prolongar durante 30, 40 ó 50 años la vida útil de ese edificio”.

En segundo lugar, Alberto Rubio ha explicado que la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática tiene muchas líneas de ayudas que se complementan, lo que permitirá atender mucha más demanda.

En la presentación de estas subvenciones ha estado presentes el director general de Coordinación Institucional de la Vicepresidencia Segunda, Marc Aparisi; la directora general de Emergencia Habitacional, Pura Peris; y la directora del Instituto Valenciano de la Edificación (IVE), Begoña Serrano.

Junto a ellos también han asistido representantes de los colegios de arquitectos, aparejadores, administradores de fincas, Fecoval, Cocemfe y asociaciones de consumidores.

Concurrencia competitiva

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, por riguroso orden de presentación de las solicitudes, hasta el agotamiento de los fondos previstos.

Las obras podrán estar iniciadas antes de la solicitud de las ayudas siempre y cuando no estén finalizadas en el momento de la solicitud. Se entenderá por fecha de terminación de obras la que conste en el Certificado Final de Obra o la expedición de las última factura de obras, en el caso que no sea necesario aportar proyecto. Las obras deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2021.

El plazo para la presentación de la solicitud de ayuda se iniciará a partir del 13 de octubre y finalizará el 1 de diciembre, inclusive. El plazo para solicitar la inscripción como gestor/a o agente de la rehabilitación en los registros correspondientes creados al efecto se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la la Generalitat Valenciana y acabará el 24 de noviembre, inclusive. Una vez agotados los fondos destinados a la concesión de estas ayudas, no se admitirán a trámite más solicitudes.

Las solicitudes de las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios se deberán tramitar telemáticamente por las/los gestoras/es o agentes de rehabilitación nombrados, actuando como representantes. El resto de las solicitudes se presentarán telemáticamente por quienes tengan la condición de partes beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con la base Tercera, o en su caso por sus representantes.

Si los solicitantes son personas físicas, con el fin de agilizar su tramitación y concesión, la presentación de solicitudes se realizará, preferentemente, de forma telemática. Sin embargo, si no disponen de medios técnicos para formalizar la solicitud, podrán acudir a las dependencias de las direcciones territoriales de la Conselleria sitas en la avenida Aguilera 1 de Alicante; avenida del Mar 16 de Castelló de la Plana, y en la calle Gregorio Gea 27 de València, y en cualquiera de las oficinas de la red XALOC, donde serán asistidos por personal técnico.

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