- Con el cierre de puertos y la omisión de ayuda, el ministro italiano se salta seis tratados internacionales de los que Italia es firmante
Con su decisión de cerrar los puertos italianos a los rescatados en el mar, el ministro del Interior Matteo Salvini está incumpliendo un buen puñado de tratados de los que su país es firmante. Lo mismo puede decirse de Malta e incluso de España, donde el Gobierno de Pedro Sánchez también ha puesto todas las trabas posibles a las operaciones de rescate. Desde las declaraciones de derechos internacionales, la convención de Ginebra hasta las normas europeas y locales, así como las propias del mar, políticos como Salvini antepone cálculos electorales, económicos o demográficos antes de cumplir con unas leyes que, con el juramento de su cargo, prometió defender. Son estas:
DERECHO MARÍTIMO.
La obligación de asistencia a personas que se encuentren en peligro en el mar es uno de los principios básicos del Derecho Marítimo, como reconoce el artículo 98 de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Además, el artículo 98.2 de este convenio marítimo de 1982 estipula que sus firmantes (la UE lo es) deben «fomentar la creación, el funcionamiento y el mantenimiento de un servicio de búsqueda y salvamento adecuado y eficaz para garantizar la seguridad marítima». Pero los líderes europeos se escudan en el «efecto llamada» para no poner en marcha una operación de rescate propiamente dicha.
CONVENIO SOBRE BÚSQUEDA Y RESCATE MARINOS.
En las enmiendas a este tratado los estados firmantes han de comprometerse con el capitán del barco «a conducir a las personas rescatadas en el mar a un lugar seguro». Estos Gobiernos europeos consideran a Libia ese «lugar seguro» del que habla esta norma, a pesar de que se trata de un Estado fallido gestionado por milicias esclavistas donde se violan los Derechos Humanos más básicos de forma degradante e inhumana. El Open Arms, barco que ahora viaja con 160 personas a bordo, fue retenido temporalmente en Sicilia por una denuncia del Ministerio Fiscal italiano contra su capitán por no entregar a los inmigrantes a los guardacostas libios. El Tribunal de Ragusa dio la razón al capitán en 2018, que quedó absuelto sobre la base de que no se puede considerar a Libia como «lugar seguro» cuando a las propias ONG las amenazaron con armas.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS.
Salvini y otros líderes europeos están incumpliendo su artículo 14: «En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en otros países». En Europa ese derecho se restringió a cuotas de refugiados en la crisis de 2015 y 2016, y hoy se incumple totalmente con el cierre de fronteras o puertos para impedir su llegada.
CONVENCIÓN DE GINEBRA.
Muchos dirigentes de la UE, no sólo Salvini, pisotean esta carta de derecho universal de 1951, de la que son todos firmantes. Los artículos que se incumplen son el Estatuto del refugiado, o sea, «la protección que un Estado ofrece a personas que no son nacionales suyos y cuya vida o libertad están en peligro por actos, amenazas y persecuciones de las autoridades de otro Estado». Además, se prohíbe que estos refugiados o solicitantes de asilo sean devueltos «a los territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, grupo social u opiniones políticas».
CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UE.
Esta carta jurídicamente vinculante desde la aprobación del Tratado de Lisboa en el año 2009 no se respeta en su artículo 9 (Derecho al asilo) y el artículo 6 de la directiva: «Obligatoriedad de registrar todas las solicitudes de protección internacional que se presenten».
CONVENIO EUROPEO DE DDHH.
El Gobierno de Salvini incumple los artículos 3, 13 y el protocolo 4º, pero ya ha sido violado con anterioridad. Por ejemplo, cuando España expulsó a 30 saharauis solicitantes de asilo en 2011. Así lo dictaminó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.