¿Firmará el Rey de España los indultos a los presos catalanes anunciados hoy por el gobierno socialcomunista?

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La sorpresa ha saltado esta mañana en la sesión de control al gobierno de España en el Congreso de los Diputados, donde el ministro de justicia ha anunciado que la próxima semana el gobierno iniciará los expedientes de indulto en favor de los presos condenados por el proceso independentista de Cataluña llevado a cabo en el año 2017. Para ello, entre otros informes, es necesario el veredicto favorable de la Sala del Supremo que los condenó y también la firma del Rey de España, Don Felipe VI.

El indulto es una medida de gracia de carácter excepcional que tiene como fin la remisión, bien total o bien parcial, de las penas impuestas por sentencia firme a un condenado. Si el indulto es total supone la remisión de todas las penas a que hubiese sido condenado y que aún no hubiese cumplido el penado. Si, por el contrario, el indulto es parcial, lo que se obtiene es la remisión de alguna o algunas de las penas impuestas, o de parte de todas ellas que aún no hubiese cumplido el penado.

Los trámites por seguir del indulto implican que pasarán muchos meses antes de saber si, finalmente, el Gobierno opta por concederlo. Lo primero que tiene que hacer el ministro de Justicia Juan Carlos Campo, Una vez recibida en el ministerio la petición y ha sido acepta la solicitud, es comenzar un segundo trámite.

Mensaje del Rey Felipe VI al pueblo español el 3 de octubre de 2017

Justicia tiene el expediente y lo ha de remitir al Tribunal Supremo, lugar en el fueron juzgados. El Supremo enviará a la Fiscalía el caso para informe. El fiscal, una vez estudiado, lo devuelve con informe y, entonces, se emite otro informe el TS, en este caso de la Sala Segunda apoyando o no la petición de los condenados.

No es hasta que esos dos trámites están cumplimentados que el informe se envía al Ministerio de Justicia y ellos lo llevan al Consejo de ministros. Si finalmente es aprobado el indulto, será el Rey quien deba firmarlo. El monarca no puede negarse a firmar lo aprobado por el Consejo de ministros.

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