La Comunidad de Madrid ha recibido en las dos primeras semanas del año de 1.000 solicitudes para percibir las ayudas de natalidad para mujeres gestantes, madres y personas adoptantes menores de 30 años, un abono mensual de 500 euros que puede alcanzar un total de 14.500 euros por niño. Este elevado número de peticiones en apenas 15 días desde la apertura el pasado 1 de enero del plazo de presentación confirma la buena acogida de esta medida, una de las grandes apuestas del Gobierno regional para impulsar la natalidad y evitar que la falta de recursos económicos obstaculice la formación de un proyecto familiar en la región.
Concretamente, se han registrado en este periodo un total de 1.028 solicitudes para obtener esta ayuda. De ellas, 655 se han tramitado por medios telemáticos y, las 373 restantes, se han presentado de manera presencial. Se estima que el plazo de resolución de las peticiones será de tres meses. En las que resulten aprobadas se reconocerá el derecho a la prestación desde el mes en el que fue presentada, y los pagos se realizarán mensualmente a través de una transferencia.
La ayuda económica a la natalidad de la Comunidad de Madrid consiste en un abono mensual de 500 euros desde el quinto mes de embarazo hasta que el niño cumpla dos años. Así, pueden optar a estas subvenciones las mujeres que estén en la semana 21 de gestación o siguientes, así como las madres que hayan tenido un hijo o las personas que hayan adoptado a un menor a partir del 1 de enero de este año. La cantidad se incrementará en la misma cuantía por cada niño adicional cuando se trate de gestaciones, nacimientos o adopciones múltiples.
El pago se prolongará hasta el último día del mes en el que el menor cumpla los dos años, salvo en el caso de las adopciones, en las que el abono de las 24 mensualidades no tendrá en cuenta la edad del menor, sino que comenzará con la inscripción de la adopción en el Registro Civil.
Las personas que opten no podrán superar los 30 años de edad y deberán acreditar que han estado empadronadas de forma ininterrumpida, en una o varias localidades de la Comunidad de Madrid, durante al menos los diez años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. También deberán residir en la región durante el periodo de abono.
La percepción de estas subvenciones es compatible con el desarrollo de cualquier actividad laboral remunerada por cuenta propia o ajena, aunque el beneficiario no podrá superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 en tributación conjunta para toda la unidad familiar. También es compatible con las ayudas a la maternidad que puedan ofrecer otras administraciones. El presupuesto inicial destinado es de 20 millones de euros, cantidad que se incrementará en función de las solicitudes aprobadas para que todas las personas que cumplan los requisitos puedan acceder a ella.
Cómo presentar la solicitud
El apartado de la web regional Ayudas económicas a la natalidad, que recoge toda la información sobre estas subvenciones, incluye el enlace para acceder a los formularios que los solicitantes deben presentar junto con la documentación requerida. Una vez completada, pueden optar por tramitarla de manera telemática o presencial.
En el primero de los casos, deberán disponer de un certificado electrónico reconocido por la Comunidad de Madrid (puede consultarse en este enlace) para presentar la instancia on line en el Registro Telemático regional. Si optan por la modalidad presencial, se puede realizar esta gestión en cualquier Oficina de Registro regional y a través de los ayuntamientos adheridos a la Ventanilla Única (el listado y funcionamiento de estos puntos está disponible en este enlace), así como en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado o por correo certificado.