Los patinetes eléctricos en Alicante: sólo por carriles bici, ciclo-calles y las vías limitadas a 30 km/h

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  • La ordenanza aprobada esta semana por la Junta de Gobierno, que no entrará antes de 2020, obliga a los usuarios a tener más de 16 años, a ir con casco, seguro, timbre, luces y sin auriculares. No podrán desplazarse por aceras bici ni los paseos ni los parques públicos.
Vídeo de 12 TV

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alicante ha aprobado hoy la ordenanza municipal que regula las condiciones de circulación de los vehículos de movilidad personal en las vías urbanas de la ciudad. No se prevé que la ordenanza entre en vigor antes de 2020, ya que debe pasar primero por el pleno municipal (el gobierno espera elevar el texto a la sesión del 31 de octubre), luego exponerse un mes al público y, por último, volver al pleno si se presentan alegaciones.

La ordenanza, según ha explicado el concejal de Tráfico y Seguridad, impedirá a los patinetes circular por aceras, aceras-bici, paseos pavimentados (como la Explanada o los paseos marítimos), parques públicos y calzadas en general. Es decir, los patinetes sólo podrán circular por carriles bici y vías con velocidad limitada a 30 kilómetros por hora o aquellas con ciclo-calle.

Además, la ordenanza obligará a los usuarios a desplazarse en solitario (no podrán ir dos personas sobre el patinete), a tener más de 16 años, a llevar casco, seguro, timbre, luces, elementos reflectantes e ir sin auriculares.

El documento contempla sanciones que van desde los 100 a los 500 euros por el incumplimiento de una ordenanza que, según el edil José Ramón González, se modificará en un futuro si es necesario para ajustarse a la normativa que prevé aprobar la Dirección General de Tráfico (DGT).

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