El Gobierno ha publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden SND/427/2020, de 21 de mayo, por la que se flexibilizan ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior.
De esta forma, el Ejecutivo permitirá desde este viernes que los municipios de menos de 10.000 habitantes y con una densidad de población inferior a 100 habitantes por km2 que se encuentren en unidades territoriales en fase 0 y 1 puedan acogerse a algunas de las medidas previstas para la fase 2.
Esto supondrá que no habrá limitaciones horarias para las salidas de los niños ni para hacer deporte al aire libre. Dicha actividad se podrá practicar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia.