Según informa Miguel Ángel Pérez en Libertad Digital, en la resolución del juez se dice que «no existen elementos suficientes que permitan sostener la comisión de delitos de cohecho, ni de descubrimiento de secretos».
El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la pieza número 5 (Carol) del «caso Villarejo», en la que se investigaba un supuesto encargo de la ex amante del Rey Emérito de España, Don Juan Carlos I, Corinna Larsen al comisario José Villarejo, actualmente en prisión preventiva.
El magistrado atiende así a la solicitud formulada por la Fiscalía Anticorrupción para el sobreseimiento provisional de las actuaciones al entender que «no existían elementos suficientes que permitan sostener la comisión de delitos de cohecho ni de descubrimiento de secretos en los dos supuestos encargos que constituyen el objeto de la presente investigación, resultando procedente el archivo del procedimiento».
El auto repasa las diferentes actuaciones practicadas a lo largo de la instrucción de este pieza y señala que la Policía informó de que no se habían realizado consultas en ficheros policiales relativas a la persona sobre la que supuestamente se realizó el encargo entre el 7 de octubre de 2016 y el 3 de noviembre de 2017. De forma paralela, y sobre la misma persona y periodo de tiempo, únicamente se registró en el fichero ADDNIFIL una consulta por parte de una persona que no pertenece a la Policía. «En consecuencia, las consultas realizadas en estos ficheros permiten descartar cualquier acción encaminada a la obtención ilícita de información», indica el juez.
El magistrado sostiene que «no queda otra opción más que el archivo de la causa, una vez que esta se ha solicitado por el Ministerio Fiscal, debiendo proceder, en consecuencia, conforme al artículo 641.1 de la LEcrim, al no resultar posible seguir adelante con la investigación de un posible delito cometido en el extranjero sin salvar el requisito de procedibilidad que supone la querella del Ministerio Fiscal, quien ha puesto de manifiesto de forma clara y contundente su intención de cerrar la investigación al no apreciar la existencia de indicios de criminalidad de un delito».
En este momento, apunta, los indicios existentes no permiten razonablemente sostener la imputación y, por tanto, la falta de elementos indiciarios, resultan suficientes para archivar provisionalmente la pieza, como ya se hizo en 2018. «En cualquier caso -advierte el magistrado-, se trata de un archivo provisional y no podría descartare que, de aparecer nuevos indicios, se procediera a una nueva reapertura«.