El pago por aplazamiento se dilata hasta el 28 de febrero 2022, y el abono del fraccionamiento se retrasa hasta el 30 de noviembre
La concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Alicante, dirigida por la edil Lidia López, ha informado que dentro de las medidas extraordinarias de carácter fiscal impulsadas con motivo del Covid, se facilita de nuevo este año que los ciudadanos pueden fraccionar y aplazar los impuestos no domiciliados hasta el próximo 30 de junio.
De esta forma el Ayuntamiento ofrece, tras prorrogar por Decreto las medidas extraordinarias fiscales, la posibilidad de poder realizar el fraccionamiento del pago del recibo del IBI en cuatro plazos mensuales que serán abonados de noviembre de 2021 a febrero de 2022, y esta gestión se puede realizar en las Oficinas de Tesorería, situadas en la calle Jorge Juan, con cita previa, y de forma telemática en la página municipal: https://www.alicante.es/es/tramites/solicitud-aplazamientofraccionamiento
Así como también se puede solicitar un aplazamiento del recibo del IBI y la tasa de basuras hasta el 28 de febrero del 2022. La presentación de una solicitud de aplazamiento en período voluntario impedirá el inicio del período ejecutivo, y dicha concesión estará condicionada a que el solicitante se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Alicante.
La edil de Hacienda ha destacado la importancia en estos difíciles momentos de crisis económica de “ofrecer facilidades de pago con aplazamientos y fraccionamientos para que los ciudadanos puedan hacer frente a los impuestos, medidas que han venido adoptando por el consistorio para ayudar a paliar los efectos de la pandemia a la población, y a los sectores económicos de nuestra ciudad”.
Durante el año del 2020 se tramitaron cerca de 3.000 solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos en el pago de tributos, llevados a cabo para facilitar al máximo el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
Asimismo, los ciudadanos también puede presentar su solicitud con certificado digital o DNI electrónico a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, en el apartado «Pagos y Recaudación», a través del trámite: «Solicitud aplazamiento/fraccionamiento de deudas».